González Abogados y Asesores https://gonzalezabogadosyasesores.com/ Despacho de Abogados y Asesoría Fiscal y Laboral en Gran Canaria Wed, 20 Mar 2024 14:01:20 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.4.3 https://gonzalezabogadosyasesores.com/wp-content/uploads/2021/03/cropped-logo-sin-letras-32x32.png González Abogados y Asesores https://gonzalezabogadosyasesores.com/ 32 32 Deducciones Fiscales en Canarias https://gonzalezabogadosyasesores.com/deducciones-fiscales-en-canarias/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=deducciones-fiscales-en-canarias https://gonzalezabogadosyasesores.com/deducciones-fiscales-en-canarias/#respond Wed, 20 Mar 2024 13:39:51 +0000 https://gonzalezabogadosyasesores.com/?p=19941 Donaciones y Conservación del Patrimonio Donaciones con finalidad ecológica: Deducción del 10% de donaciones a entidades ecológicas, con límites de 150€ o el 10% de la cuota íntegra autonómica. Aportaciones para la rehabilitación o conservación del patrimonio histórico de Canarias: Deducción del 20% de las donaciones para conservar el patrimonio histórico, con ciertos requisitos. Colaboraciones…

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Maximiza tus ahorros: Guía de deducciones fiscales en Canarias

¿Te imaginas poder ahorrar dinero en tus impuestos mientras ayudas al medio ambiente o apoyas la educación de tus hijos? ¡Pues en las Islas Canarias es posible! 

En este artículo te traemos una guía completa con todas las deducciones fiscales disponibles en Canarias para el año 2024. No importa si eres un contribuyente experimentado o si apenas estás comenzando a entender el mundo de los impuestos, aquí encontrarás información clara y útil para sacar el máximo provecho a tu declaración. 

Así que prepárate para descubrir cómo puedes aliviar tu carga fiscal y contribuir al bienestar de la comunidad. ¡Sigue leyendo y empieza a planificar tus finanzas de manera inteligente!

Donaciones y Conservación del Patrimonio

Donaciones con finalidad ecológica: Deducción del 10% de donaciones a entidades ecológicas, con límites de 150€ o el 10% de la cuota íntegra autonómica.

Aportaciones para la rehabilitación o conservación del patrimonio histórico de Canarias: Deducción del 20% de las donaciones para conservar el patrimonio histórico, con ciertos requisitos.

Colaboraciones y aportaciones para fines culturales, deportivos, investigación o docencia: Deducción del 15% de las donaciones a entidades culturales, deportivas o de investigación, con diversas bases máximas según el tipo de donación.

Donaciones a entidades sin ánimo de lucro: Deducción del 20% hasta 150€ y del 15% a partir de más, con límites según la base liquidable del contribuyente.

Gastos de enfermedad (general): Deducción del 12% de los gastos médicos y de aparatos, con límites de 600€ en declaración individual y 840€ en la conjunta. Aumenta en 100€ si se tiene un grado de discapacidad del 65% o superior.

Cantidades destinadas por sus titulares a la restauración, rehabilitación o reparación de bienes inmuebles declarados de interés cultural: Deducción del 10% de las cantidades pagadas, con límites.

Beneficios para la Familia y Educación

Gastos de estudios: Deducción de hasta 1.600€ por descendiente en estudios superiores, con ciertos requisitos.

Gastos de estudios en educación infantil, primaria, enseñanza secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional de grado medio: Deducción del 100% de los gastos relacionados, con límites según el número de descendientes.

Trasladar la residencia habitual a otra isla del Archipiélago para realizar una actividad laboral por cuenta ajena o una actividad económica: Deducción de 300€ durante cuatro años para traslados por trabajo.

Donaciones en metálico a descendientes o adoptados menores de 35 años para la adquisición o rehabilitación de su primera vivienda habitual: Deducibilidad de hasta el 3% de las donaciones, con límites según la discapacidad del donante.

Nacimiento o adopción de hijos: Deducción según el número de hijos y su discapacidad, con límites.

Contribuyentes con discapacidad y mayores de 65 años: Deducción de 300€ para discapacidad y 120€ para mayores de 65 años.

Acogimiento de menores: Deducción de 250€ por cada menor acogido.

Familias monoparentales: Deducción de 100€ para quienes tengan a su cargo descendientes menores de edad.

Gastos de guardería: Deducción del 15% de los gastos de guardería para niños menores de 3 años, con ciertos requisitos.

Familia numerosa: Deducción de 450€ para familias numerosas de categoría general y de 600€ para categoría especial.

Ayudas para la Vivienda y Otros Gastos

Inversión en vivienda habitual: Deducción del 3,5% de las cantidades pagadas, con ciertos límites.

Obras de rehabilitación energética y reforma de la vivienda habitual: Deducción del 10% de las cantidades destinadas a obras de rehabilitación energética.

Obras de adecuación de la vivienda habitual por personas con discapacidad: Deducción del 10% de las cantidades invertidas.

Alquiler de vivienda habitual: Deducción del 20% de las cantidades pagadas, con ciertos límites.

Arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago: Deducción del 25% de las cantidades pagadas, con límites.

Gastos en primas de seguros de crédito para cubrir impagos de rentas de arrendamientos de vivienda (deducción del arrendador): Deducción del 75% de las cantidades pagadas con un límite de 150€.

Contribuyentes desempleados: Deducción de 100€ para contribuyentes desempleados que cumplan ciertos requisitos.

Gasto de enfermedad (general): Deducción del 10% de los gastos médicos y de aparatos, con límites según la tributación individual o conjunta y la discapacidad del contribuyente.

Familiares dependientes con discapacidad: Deducción de 500€ por cada ascendiente o descendiente con discapacidad.

El alza de precios: Deducción variable según el nivel de ingresos del contribuyente para ayudar con los gastos de la cesta de la compra.

Cada deducción tiene sus propios requisitos y límites, por lo que es importante revisar detenidamente la normativa aplicable.

¡No esperes más para planificar tus finanzas de manera estratégica y obtener el máximo beneficio fiscal posible con nuestra orientación experta!

 

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¿Deudas insuperables? Encuentra tu nueva oportunidad con la Ley de Segunda Oportunidad https://gonzalezabogadosyasesores.com/deudas-insuperables-encuentra-tu-nueva-oportunidad-con-la-ley-de-segunda-oportunidad/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=deudas-insuperables-encuentra-tu-nueva-oportunidad-con-la-ley-de-segunda-oportunidad https://gonzalezabogadosyasesores.com/deudas-insuperables-encuentra-tu-nueva-oportunidad-con-la-ley-de-segunda-oportunidad/#respond Thu, 25 Jan 2024 12:04:05 +0000 https://gonzalezabogadosyasesores.com/?p=19879 La entrada ¿Deudas insuperables? Encuentra tu nueva oportunidad con la Ley de Segunda Oportunidad se publicó primero en González Abogados y Asesores.

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Tras enfrentar múltiples desafíos económicos como la pandemia, una inflación descontrolada y el incremento de precios, son numerosas las personas que se encuentran en situaciones desesperadas, enfrentando deudas que parecen insuperables.

¿Has estado buscando respuestas para liberarte del peso abrumador de las deudas?

¡La respuesta está en la Ley de Segunda Oportunidad!

Descubre los secretos para aliviar tu situación financiera y dar el paso a un nuevo comienzo.

Cancelación de Deudas mediante la Ley de Segunda Oportunidad

Cancela tus deudas con la Ley de Segunda Oportunidad

La Ley de Segunda Oportunidad es un recurso legal que ofrece una nueva oportunidad financiera. Aprobada en 2015, esta ley es un respiro para quienes están ahogados en deudas y tengan la oportunidad de poder empezar de cero.

Tu solución ante las deudas

Ofrece la posibilidad de reestructurar o cancelar las deudas para particulares y autónomos, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos.

¿Puedo acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad?

¡Buena pregunta!

La Ley de Segunda Oportunidad está diseñada para ayudar a las personas físicas, particulares y autónomos, a liberarse del sobreendeudamiento.

Anteriormente, los empresarios ya tenían la opción de cancelar deudas mediante la Ley Concursal. Con la Ley de Segunda Oportunidad, esta posibilidad se extiende a personas físicas, tanto particulares como autónomos.

Ley de Segunda Oportunidad para autónomos y particulares

¿Cuáles son los requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?

Como en toda ley, la Ley de Segunda Oportunidad establece unos requisitos que deben cumplirse para poder acogerse a sus beneficios. 

Estos requisitos incluyen:

  • Ser Insolvente: ser incapaz de hacer frente a tus deudas con los recursos disponibles.
  • Ser un Deudor de Buena Fe: se espera que actúes de buena fe y no hayas incurrido en conductas fraudulentas o negligentes que hayan contribuido a tu situación de insolvencia.
  • Tener Más de 1 Acreedor: es necesario tener deudas con al menos dos acreedores diferentes: entidades financieras, proveedores, Hacienda, Seguridad Social, etc.
  • No Tener Antecedentes Penales por Delito Socioeconómico o patrimoniales en los últimos 10 años

Ventajas de acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad

Estos son los puntos más favorables de la Ley de Segunda Oportunidad:

Se paralizan los embargos

Se suspenden todos los embargos sobre los bienes del deudor desde el inicio del procedimiento hasta su resolución. 

Congelación de Intereses

Durante el proceso, los intereses de las deudas quedan congelados, evitando así el aumento continuo de la deuda.

Listados de Morosos

La cancelación de deudas mediante la Segunda Oportunidad posibilita salir de listados de morosos como el ASNEF.

Cancelación de Deudas Públicas

Se pueden cancelar hasta 10.000 euros de deudas con Hacienda y otros 10.000 euros con la Seguridad Social.

Suspensión de pagos a Acreedores

Durante el proceso, los pagos a acreedores quedan suspendidos, brindando un respiro financiero temporal.

Ventajas de acogerte a la Ley de Segunda oportunidad

¿Quieres acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad?

Si te sientes abrumado por las deudas que parecen no tener fin, nuestras abogadas expertas están aquí para guiarte. ¡Contáctanos hoy para dar el primer paso hacia tu libertad financiera!

¡Tu segunda oportunidad te espera!

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«Esta profesión es mi vocación y mi pasión» https://gonzalezabogadosyasesores.com/la-abogacia/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=la-abogacia https://gonzalezabogadosyasesores.com/la-abogacia/#respond Thu, 07 Sep 2023 14:23:27 +0000 https://gonzalezabogadosyasesores.com/?p=19828 La entrada «Esta profesión es mi vocación y mi pasión» se publicó primero en González Abogados y Asesores.

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