Sin registros de jornada de tus empleados serás presa fácil para la inspección

Si tienes una empresa con trabajadores contratados es imprescindible que mantengas al día el registro de la jornada… ¡también el de los empleados a tiempo completo!

Soy consciente de que, en general, es sabido que con empleados a tiempo parcial hay que llevar el cómputo de las horas de trabajo en un registro mensual. Sin embargo, desde que este año la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social ha endurecido los controles e incrementando la revisión de aquellos aspectos que tienen que ver con la actividad de la empresa, sus empleados y el horario de funcionamiento, tienes una nueva obligación que además los inspectores están mirando con lupa. Ahora es también necesario que los empleados a tiempo completo rellenen su correspondiente registro y en las inspecciones están siendo implacables con este aspecto, te lo aseguro. Una medida con la que la Inspección de Trabajo pretende evitar el fraude en la realización de horas extraordinarias y procurar su correcta vigilancia, retribución y cotización.

Por ello, si tienes una empresa te recomendamos que tengas en cuenta y tomes medidas para que se rellenen los registros de jornada laboral de TODOS tus empleados -a tiempo parcial y a tiempo completo- y que implantes un sistema de control para elaborar y gestionar dicho registro.
Como cliente de González Abogados y Asesores sabrás que en nuestro servicio integral incluimos el envío cada mes de una plantilla mensual, muy fácil de rellenar y de archivar, tanto en formato físico como digital. Por favor, utilízala para que, en caso de inspección tengas todos tus documentos correctamente cumplimentados y al día.

Y en el caso de que aún no seas cliente de nuestro despacho y que no dispongas aún de una plantilla, te facilitamos algunas pautas acerca de la información que debe contener el documento en cuestión:
Identidad de la empresa
Identificación del trabajador
Especificación de la jornada de trabajo recogida en el contrato de trabajo
Detalle de las horas laborales, ordinarias y complementarias, realizadas y desglosadas por día efectivo de trabajo
Firma del representante legal de la empresa
Recibo del trabajador

Y, como siempre, si tienes cualquier duda en relación con este tema o cualquier otro relacionado con las gestiones propias de tu empresa, no dudes en contactarnos en cualquiera de nuestras oficinas, en Las Palmas de Gran Canaria o Telde.

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