¿Autónomo o Sociedad Limitada Unipersonal?

¿Autónomo o Sociedad Limitada Unipersonal? Esta pregunta es una de las que más se repiten en el despacho cuando una persona comienza una nueva actividad económica. De la decisión que se tome dependerá la tributación, la forma de llevar la contabilidad en la empresa y la responsabilidad del emprendedor. Por eso, es muy importante tenerlo claro antes de dar un paso.

También hay ocasiones en las que los autónomos deciden constituir una Sociedad Limitada Unipersonal cuando ya llevan un tiempo de funcionamiento y se puede valorar si es oportuno o no el cambio dependiendo de los ingresos. En González Abogados y Asesores recomendamos el cambio cuando los ingresos del autónomo son elevados y por tanto, la tributación del IRPF.

Señalamos algunas diferencias entre estas dos formas de liderar una actividad económica.

 

Tributación

—El autónomo tributa a través del IRPF que empieza en un tipo nominal del 15% y llega hasta el 47%.

— En el caso de una sociedad mercantil como es la Sociedad Limitada unipersonal se realiza a través del Impuesto de Sociedades que se sitúa en torno al 25%.

 

El proceso: darse de alta

—Comenzar a facturar como autónomo es más sencillo que constituir una SLU. Solo es necesario darse de alta en Hacienda en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (Reta). Si te das de alta como Autónomo, durante el primer año puedes beneficiarte de la tarifa plana bonificada de 50€ al mes.

—Para constituir una SLU necesitaremos dar más pasos y también algunos recursos. El proceso puede llegar a costar unos 900 euros entre gastos de abogados, notaria y gestoría. A esto hay que sumar que el mínimo de capital social para crear una empresa de este tipo es de 3 mil euros, aunque esta cantidad no tiene que ser una aportación en efectivo, pueden aportarse a la empresa otros bienes como ordenadores, mobiliario o un vehículo.

  1. Solicitar un Certificado de Denominación Social.
  2. Redactar los estatutos de la sociedad.
  3. Liquidar el impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Hacienda.
  4. Solicitar el CIF.

Responsabilidad de la persona física

—Un autónomo responde de sus deudas con sus bienes personales.

—Un autónomo societario al frente de una SLU responde con los bienes obtenidos por la empresa y su capital social, sin poner en riesgo su patrimonio personal.

Este punto tiene ciertos matices, ya que en ocasiones, para que un banco te conceda financiación solicita que el administrador único de la empresa avale la operación y responda con sus bienes y patrimonio más allá de los de la sociedad mercantil.

Gestión de la empresa: contabilidad

Mientras que para los autónomos la contabilidad es más sencilla para presentar los impuestos, las SLU deben presentar el balance de cuentas conforme al plan general de contabilidad.

Además, en el caso de que la aventura empresarial no salga bien, para disolver una sociedad habrá que realizar más trámites y afrontar una serie de gastos derivados de ello.

Si vas a comenzar una actividad y quieres que te asesoremos antes de dar el paso, ponte en contacto con nosotros.

 

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