Ayudas para los afectados por la DANA

Si eres autónomo o tienes una pequeña empresa afectada por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA), recientemente declarada en varios municipios, queremos ofrecerte información sobre las ayudas y beneficios a los que puedes acceder para aliviar las dificultades que esta situación ha podido causarte. Aquí te explicamos de forma sencilla cómo solicitar ayudas, aplazamientos y más.

Ayudas a Autónomos y Empresas Afectadas

  1. Exención de Cotización a la Seguridad Social para Empresas en ERTE
    • Las empresas que inicien un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) como resultado de los daños causados por la DANA podrán beneficiarse de una exención del 100% en sus aportaciones a la Seguridad Social. Esta exención incluye contingencias comunes, profesionales y conceptos de recaudación conjunta, y estará en vigor durante los meses de noviembre de 2024 a febrero de 2025.
  2. Aplazamiento del Pago de Cotizaciones para Empresas y Autónomos
    • Si necesitas un respiro en el pago de tus cotizaciones a la Seguridad Social, puedes solicitar un aplazamiento. Para hacerlo, debes estar al corriente de tus obligaciones y no tener ningún otro aplazamiento en vigor.
    • Empresas: Podrán solicitar el aplazamiento de sus cuotas de Seguridad Social devengadas entre octubre de 2024 y enero de 2025.
    • Autónomos: Podrán solicitar aplazamientos en las cuotas entre noviembre de 2024 y febrero de 2025.
    • Además, tanto empresas como autónomos pueden solicitar un aplazamiento sin intereses de hasta un año para el pago de cotizaciones en periodos específicos. Sin embargo, es importante saber que estas medidas de aplazamiento son incompatibles entre sí.
  3. Ampliación de Plazos para el Pago de Cotizaciones
    • Para empresas y autónomos afectados, se ha ampliado en un mes el plazo de ingreso de las cuotas de Seguridad Social.
    • Empresas: Aplicable entre octubre de 2024 y enero de 2025.
    • Autónomos: Aplicable entre noviembre de 2024 y febrero de 2025.
  4. Plazos para Solicitudes de Baja y Modificación de Datos de Trabajadores
    • Si la situación de emergencia te obliga a cesar una actividad y dar de baja a un trabajador, tendrás un plazo de treinta días desde la fecha del cese para realizar la solicitud ante la Seguridad Social. Esto también aplica para autónomos que necesiten darse de baja por las mismas causas.
  5. Prestación por Cese de Actividad para Autónomos
    • Los autónomos que deban cesar totalmente, ya sea de forma definitiva o temporal, debido a los siniestros, podrán solicitar la prestación por cese de actividad. No necesitarás demostrar fuerza mayor para acceder a esta ayuda, y se reconocerá el derecho sin requerir un período previo de cotización de doce meses continuos.
    • Esta medida también se extiende a trabajadores autónomos del sector agrario y marítimo.
  6. Incapacidad Temporal Extraordinaria
    • Si resultas afectado por la DANA y necesitas solicitar una incapacidad temporal, se considerará accidente de trabajo, lo que facilita el acceso a la prestación económica.
    • Esta consideración también se aplicará a pensiones de incapacidad permanente y prestaciones por muerte y supervivencia, si el hecho causante está relacionado con la catástrofe.

Consideraciones Importantes

Estas ayudas han sido incluidas en el Real Decreto-ley 6/2024, que establece medidas urgentes para los afectados por la DANA entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024. Es una normativa de reciente aprobación y de vital importancia para aliviar las consecuencias económicas de este fenómeno meteorológico.

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