¿Te deduces el gasto de luz de tu coche eléctrico?

¿Te deduces el gasto de luz de tu coche eléctrico?

Cada vez más autónomos como taxistas, comerciales y agentes inmobiliarios se están pasando al vehículo eléctrico para realizar su actividad. Sin embargo, este cambio también ha generado algunas dudas fiscales, especialmente sobre la deducción del gasto en electricidad para recargar el coche. ¿Es posible deducir el IVA de este gasto? Te explicamos cómo funciona.

¿Qué dice la normativa sobre deducir el IVA del gasto en electricidad?

La Dirección General de Tributos (DGT) ha abordado esta cuestión en varias ocasiones. En el caso de un agente inmobiliario que usa su vehículo eléctrico principalmente para su trabajo, la DGT ha concluido que el IVA de la electricidad puede deducirse siempre que esté destinada a la actividad económica, sin importar el porcentaje de uso privado del vehículo. Esto significa que, si el gasto está relacionado con tu trabajo, puede ser deducible.

Cambios en los criterios de Hacienda

En el pasado, Hacienda consideraba dos puntos clave a la hora de permitir la deducción de los gastos asociados al vehículo:

  1. El porcentaje de uso profesional del vehículo. Este porcentaje determinaba qué parte del gasto era deducible.
  2. El registro contable de ese porcentaje. El porcentaje de deducción debía coincidir con lo que se había registrado en la contabilidad.

Con el nuevo criterio de la DGT, ya no es necesario que el porcentaje registrado coincida exactamente con el uso contable si puedes demostrar que el uso profesional del vehículo es del 100 %. Esto supone una ventaja importante para quienes utilizan su coche eléctrico principalmente para su negocio, ya que pueden deducir el total del IVA de la electricidad siempre que esté vinculada a su actividad profesional.

La clave está en la relación directa con la actividad

Este cambio de criterio enfatiza que lo más importante es que los gastos estén directamente relacionados con la actividad profesional. Es decir, si el coche eléctrico se usa principalmente para trabajar, el gasto en electricidad es deducible, incluso aunque haya un uso ocasional para fines personales.

Este criterio ha sido reforzado por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y se ha extendido a otros profesionales autónomos, como los taxistas, quienes cada vez más optan por vehículos eléctricos para su actividad.

En conclusión, ¿Qué debes tener en cuenta?

Para poder deducir el IVA del gasto en electricidad de tu coche eléctrico como autónomo, recuerda:

  • Demuestra el uso profesional del vehículo. Aunque se use en parte para fines personales, lo relevante es que el uso principal esté vinculado a la actividad.
  • Documenta bien el gasto. Como cualquier otro gasto deducible, la justificación adecuada y el registro contable son esenciales.

En definitiva, esta flexibilidad no solo apoya la movilidad sostenible, sino que también beneficia fiscalmente a aquellos autónomos que deciden optar por el vehículo eléctrico en su trabajo.

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