Ya está en vigor la limitación de 1000 Euros para pagos en efectivo a empresas o profesionales

Ya están en vigor las nuevas medidas contempladas en la ley de prevención y lucha contra el fraude fiscal, que incluye modificaciones como la limitación de los pagos en efectivo por transacción de los 2.500 euros permitidos hasta ahora a 1.000 euros, siempre que esté involucrado un profesional. Esta normativa parte de la base de que el uso del efectivo en las transacciones facilita el fraude y la evasión fiscal. De esta forma todos los pagos y cobros superiores a esa cifra quedarán registrados en una cuenta bancaria.

La limitación de 1000 euros alcanza a pagos como las nóminas, préstamos o dividendos, entre otros. Esto deja fuera, por ejemplo, el pago en cheques al portador. Lo que sí se permite es el ingreso en efectivo en una cuenta bancaria así como el cambio de monedas en establecimientos autorizados para ello.

Esta norma no influye cuando el cliente sea una persona física que actúa como particular y que no es residente fiscal en nuestro país. En ese caso el límite por operación es de 10 mil euros. También se rebaja con respecto a lo permitido hasta ahora. Para cualquier operación igual o superior a 1000 euros, o de 10 mil en el caso de no residentes, las partes están obligadas a guardar los justificantes durante 5 años.

La nueva normativa recoge que en caso de incumplimiento se podrá sancionar tanto al pagador como al receptor. Esta sanción será del 25% de la cantidad de la operación que se ha llevado a cabo de manera indebida. La infracción prescribe a los 5 años desde el día en el que se realizó la transacción. En el caso de que una de las partes no esté de acuerdo con incurrir en la infracción y sea por imposición, podrá denunciarlo ante la Agencia Tributaria en un plazo no superior a los tres meses posteriores quedando exento de la sanción. Notarios, registradores de la propiedad o mercantiles que sean testigo de una operación en la que se incumpla la normativa también deberá ponerlo en conocimiento de Hacienda.

La normativa se aplica a todos los pagos que se lleven a cabo desde el 11 de julio de 2021 con independencia de que se trate de un pago pendiente de una operación anterior.

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