¿Debo presentar la Renta y Patrimonio 2017?

Este miércoles día 4 de abril de 2.018, comienza la presentación de la Renta y Patrimonio 2017, que se extenderá hasta el 2 de julio, fecha límite para presentar la declaración.

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Estarán obligados a cumplir con su presentación entre otro, los contribuyentes que hayan percibido rendimientos íntegros del trabajo procedentes de un mismo pagador por importe superior a 22.000 euros anuales y los contribuyentes que hayan percibido rendimientos íntegros del trabajo por importe superior a 12.000 euros en los siguientes supuestos:

 

  1. Cuando procedan de más de un pagador, si la suma de las cantidades procedentes del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, supera la cifra de 1.500 euros anuales.
  2. Cuando se trate de pensionistas con varias pensiones cuyas retenciones no se hayan practicado de acuerdo con las determinadas por la Agencia Tributaria, previa solicitud del contribuyente al efecto, por medio del modelo 146.
  3. Cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
  4. Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.
  5. Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.
  6. Los contribuyentes que hayan sido titulares de bienes inmuebles de uso propio distinto de la vivienda habitual y del suelo no edificado, cuyas rentas imputadas junto con los rendimientos derivados de Letras del Tesoro y el importe de las subvenciones para la adquisición de vivienda de protección oficial o de precio tasado sea superior a 1.000 euros anuales.
  7. Los contribuyentes titulares de actividades económicas, incluidas las agrícolas y ganaderas, sea cual sea el método de determinación del rendimiento neto de las mismas, siempre que los rendimientos íntegros junto con los del trabajo y del capital, así como el de las ganancias patrimoniales sea superior a 1.000 euros anuales.
  8. Los contribuyentes que hayan obtenido ganancias patrimoniales no sujetas a retención o ingreso a cuenta, cuyo importe total, o conjuntamente con los rendimientos íntegros del trabajo, del capital o de actividades económicas, sea superior a 1.000 euros anuales.
  9.  Los contribuyentes que hayan obtenido pérdidas patrimoniales en cuantía igual o superior a 500 euros anuales.
  10. Los contribuyentes que hayan realizado aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad, planes de pensiones, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial, seguros de dependencia, o mutualidades de previsión social con derecho a reducción de la base imponible y que deseen practicar la correspondiente reducción.
  11. Los contribuyentes titulares de inmuebles arrendados (pisos, locales, plazas de garaje), cuyos rendimientos totales, exclusivamente procedentes de los citados inmuebles, o conjuntamente con los rendimientos del trabajo, del capital mobiliario, de actividades económicas y ganancias patrimoniales excedan de 1.000 euros anuales.

No obstante, desde González Abogados & Asesores aconsejamos consultar el resultado de su declaración, aunque el contribuyente no se encuentre obligado, ya que el resultado podría ser a devolver y en ese caso es posible que les convenga su presentación.

Además de las deducciones estatales, Canarias cuenta con sus propias deducciones autonómicas del IRPF que pueden venir muy bien a la hora de ahorrar en la Declaración de la Renta de este año.

Algunas de esas deducciones para la Renta y Patrimonio 2017 son las siguientes:

 

Alquiler de vivienda habitual

En Canarias, los contribuyentes se pueden desgravar el 15 % de las aportaciones económicas que han destinado al alquiler de la vivienda habitual, hasta un importe máximo de 500 € y con el cumplimiento de una serie de condiciones.

Inversión en vivienda habitual

Los residentes de Canarias pueden deducirse un porcentaje de las aportaciones económicas que han hecho durante la compra o la rehabilitación de su residencia habitual, siempre que cumplan los mismos requisitos que se exigen en la normativa estatal.

Reforma de vivienda

Los contribuyentes se pueden deducir el 10% del dinero destinado a las obras de rehabilitación o a la reforma de una vivienda, siempre y cuando ésta sea de su propiedad y esté localizada en la Comunidad Autónoma de Canarias, siempre que se cumplan el resto de requisitos.

Nacimiento o adopción de hijos en Canarias

Los contribuyentes que residen en Canarias se pueden deducir las siguientes cuantías por cada hijo nacido o adoptado a lo largo del año pasado y que van desde los 200 € hasta los 800 €, siendo las más elevadas para el caso de que el hijo nacido o adoptado tenga una discapacidad igual o superior al 65%.

Gastos de guardería de hijos menores de 3 años

Los padres con hijos menores de 3 años se pueden deducir el 15 % de los gastos de la guardería, hasta un importe límite de 400 € anuales por cada niñ@.

Discapacidad

Esta deducción de Canarias relativa a la Renta del año pasado permite que los contribuyentes se desgraven 300 € por cada persona con discapacidad superior al 33 % a su cargo.

Mayores de 65 años

Los contribuyentes mayores de 65 años pueden disfrutar de una deducción en el IRPF de 120 €.

Familia numerosa

Por norma general, las familias numerosas de Canarias pueden deducirse 200 €, si son de categoría general, y 400 €, en aquellos casos en los que estén consideradas de categoría especial.

Donaciones con fines ecológicos

En Canarias, los contribuyentes se pueden deducir el 10 % de las aportaciones económicas hechas a entidades autonómicas de carácter público o sin ánimo de lucro, que tengan por objetivo la defensa y la conservación del medio ambiente, con un máximo de desgravación de 150 €.

Donaciones para la conservación del patrimonio histórico de Canarias

Las personas residentes en Canarias se pueden desgravar el 20 % de las donaciones destinadas a la conservación de bienes que formen parte del patrimonio histórico de esta Comunidad Autónoma, hasta un máximo de 150 €.

Donaciones para la restauración de bienes inmuebles de interés cultural

Los contribuyentes tienen la posibilidad de deducirse el 10 % del dinero que destinan a la restauración, la rehabilitación o la reparación de bienes de interés cultural.

Donaciones para la compra o rehabilitación de una vivienda habitual

Aquellos contribuyentes que hayan donado una determinada cantidad de dinero en metálico a un hijo (natural, adoptado o acogido) menor de 35 años para que comprase o rehabilitase su primera vivienda habitual situada en Canarias tendrán derecho a deducirse el 1 % de la donación, hasta un importe límite de 240 €, del 2 % y límite de 480 € para el caso de que el destinatario de la donación fuera una persona con un grado de minusvalía superior al 33 % y del 3% con límite de 720 €, cuando el grado de discapacidad sea igual o superior al 65 %.

Gastos de estudios

Una persona residente en Canarias se puede deducir hasta 1.600 € por cada hijo menor de 25 años, que dependa económicamente de él y esté cursando estudios universitarios o de ciclo formativo fuera de la isla donde está la residencia habitual del contribuyente.

Traslado de residencia de una isla a otra por trabajo

Los contribuyentes que trasladen su residencia habitual de una isla a otra del archipiélago canario por motivos de trabajo durante al menos 4 años tendrán derecho a una deducción de 300 €.

Contribuyentes en paro

Los contribuyentes que reciben subsidios por desempleo se pueden deducir 100 €.

Para la aplicación de las deducciones fiscales existen límites y requisitos a cumplir, por lo que si deseas aplicar alguno de ellos, puedes contactar con nuestro despacho para que puedas obtener el resultado más favorable en tu declaración.

Aunque aún queda tiempo conviene no dejar para última hora la declaración de la renta. Actuar de manera previsora posibilitará el poder solventar errores con el mayor margen de antelación posible.

Y si buscas ayuda para solventar este trámite, en González Abogados y Asesores en Telde o Las Palmas de Gran Canaria estaremos encantados tanto de asesorarte, como de gestionar cualquier cuestión relacionada con tu declaración de la renta 2017.
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