El año 2023 está siendo un año cargado de novedades, no solo en materia fiscal sino también en materia laboral. Hoy os presentamos las principales novedades laborales a tener en cuenta este año 2023, que afectarán tanto a empresas como autónomos. Detallar que muchas de estas novedades ya entraron en vigor el pasado 1 de enero, otras habrá que esperar un poco más para su puesta en marcha.
¡Vamos a ello!
Nueva cotización: Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)
El 1 de enero de 2023 entra en vigor el denominado Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), una nueva cotización de aplicación tanto para la empresa como para sus trabajadores. El objetivo del MEI es volver a llenar la hucha de las pensiones mediante el reparto equilibrado entre generaciones del esfuerzo para financiar las pensiones. ¿En qué consiste?
El MEI es un mecanismo que fija un aumento de cotizaciones del 0,6% por contingencias comunes, repartido entre la empresa y el trabajador con la misma distribución que en las cotizaciones sociales.
- las empresas asumirán un 0,5%;
- los empleados pagarán el 0,1% restante.
Esta cotización adicional afecta a todos los trabajadores que estén dados de alta en la Seguridad Social, incluidos los autónomos, independientemente de cuáles sean los ingresos que perciban.
Aumento del Ingreso Mínimo Vital (IMV)
En 2023 se completa la normativa del Ingreso Mínimo Vital (IMV), que se diseñó en 2020 como un conjunto de políticas para garantizar la inclusión sociolaboral de las personas más vulnerables, donde destaca el aumento del 8,5% de la cuantía del Ingreso Mínimo Vital para 2023.
Además, entra en vigor el incentivo al empleo, que se calcula de oficio para los perceptores del IMV que se incorporen al mercado laboral o aumenten el número de horas de trabajo, en el caso de que ya tengan actividad laboral, y que garantiza que su renta disponible sea superior a la que habrían tenido sin incentivo.
Dicho de otra forma, va a ser compatible percibir el Ingreso Mínimo Vital con los ingresos procedentes de un empleo o de la actividad económica por cuenta propia. Es decir, incluso los autónomos con ingresos bajos van a poder seguir cobrando esta prestación en 2023.
Subida de las bases máximas de cotización
La Ley de los Presupuestos Generales del Estado para 2023 incorpora una subida de las bases de cotización. Se fija el tope máximo de la base de cotización en 4.495,50 euros mensuales.
El tope mínimo queda pendiente de las cuantías del salario mínimo interprofesional vigente en cada momento, incrementadas en un sexto.
En cuanto a los tipos de cotización en el Régimen General de la Seguridad Social durante el año 2023, quedan de la siguiente manera:
- Para las contingencias comunes el 28,30%, siendo el 23,60% a cargo de la empresa y el 4,70% a cargo del trabajador.
Para las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales se aplicarán los porcentajes de la tarifa de primas incluida en la disposición adicional cuarta de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, siendo las primas resultantes a cargo exclusivo de la empresa.
Simplificación en los trámites de baja por incapacidad temporal
Con efectos desde el día 1 de abril de 2023, se modifica el RD 625/2014, de 18 de julio, por el que se fijan determinados aspectos de la gestión y del control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros 365 días de su duración.
Una de sus principales claves que introduce este nuevo Real Decreto, es que el trabajador ya no estará obligado a entregar a la empresa su baja médica, desaparecerá (con efectos desde el 1 de abril de 2023) la necesidad de presentación por parte de la persona trabajadora de la copia del parte médico a la empresa.
Se eleva la cuantía de la prestación por desempleo
Este año 2023 ha comenzado con nuevos cambios en las prestaciones por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Las principales son el aumento de las cuantías de prestaciones como el paro, el subsidio por desempleo, la Renta de Inserción Activa (RAI) y el subsidio para mayores de 52 años, y también se elevará el límite de ingresos para acceder a otras, lo que permitirá que más hogares puedan beneficiarse de ayudas sociales.
La cuantía de la prestación por desempleo durante los primeros 180 días será el 70 % de la base reguladora, a partir del día 181 será el 60 % de dicha base.
Empresas obligadas a tener plan de igualdad
Como cuarta novedad laboral destacamos una de las que introduce la Ley de los Presupuestos Generales del Estado para 2023 y que entra en vigor el día 1 de enero de 2023: se ha modificado la Ley 9/2017 de contratos del sector público y pasa a disponer que las empresas obligadas a tener plan de igualdad (a partir de 50 trabajadores) no pueden contratar con la Administración y demás entidades del sector público si no disponen de un plan de igualdad conforme a lo indicado en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres.
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