Nuevas subvenciones para la contratación de jóvenes en Canarias

El mercado laboral es contradictorio en ocasiones. Se requiere de savia nueva en las empresas, pero se pide experiencia previa en las ofertas de empleo para nuevas contrataciones. De ahí la importancia de iniciativas como el programa de Incentivos de Empleo joven Incentívate que promueve el Gobierno de Canarias. Gracias a esta oportunidad las empresas y autónomos cuentan con facilidades para la contratación y los jóvenes adquieren la experiencia necesaria y demostrable para afrontar la búsqueda de empleo posterior. 

La modalidad de estos contratos es de formación-aprendizaje o en prácticas y de ellos se pueden beneficiar personas jóvenes inscritas en situación de beneficiarias en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (SNGJ) y en el Servicio Canario de Empleo (SCE) en la condición de desempleadas. Estas subvenciones se gestionan vía electrónica. 

Si estás interesado en este programa ponte en contacto con nosotros y nos encargaremos de realizar los trámites. 

Destinatarios del programa de Incentivos de Empleo joven Incentívate

Cualquier entidad, ya sea persona física o jurídica, con capital íntegramente privado, acogida a cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, que formalice nuevos contratos laborales de la tipología prevista en las bases, o presenten en el momento de la Solicitud, un compromiso de contratación con arreglo a lo previsto en las mismas.

A estos efectos, tendrán la consideración de personas físicas aquellos trabajadores autónomos que cumplan los requisitos de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo.

Modalidades de contratos a subvencionar:

a) Para la formación y el aprendizaje.

b) En prácticas. 

Cuantía de las subvenciones 

Las cuantías de las subvenciones varían según los siguientes criterios:

1. Contrataciones formalizadas por los siguientes períodos de suscripción, considerando los mínimos y máximos establecidos a continuación:

A. Contrato de formación y aprendizaje:

– Superior a 6 meses e inferior a 12 meses (en el caso de que el convenio colectivo permita tal circunstancia): 3.000,00 €

– 12 meses e inferior a 18 meses: 4.000,00 €

– 18 meses e inferior a 24 meses: 5.000,00 €

– 24 meses o más 6.000,00 €

B. Contrato en prácticas:

– Superior a 6 meses e inferior a 12 meses: 3.500,00 €

– 12 meses e inferior a 18 meses: 5.000,00 €

– 18 meses e inferior a 24 meses: 6.000,00 €

– 24 meses: 6.500,00 €

El importe de subvención que corresponda, en aplicación de estos criterios establecidos, se incrementará en 500 euros más, para ambas modalidades de contratación, si es formalizada con personas que pertenezcan a los siguientes colectivos:

-Personas con discapacidad.

-Personas jóvenes que no tengan más de 3 meses de experiencia laboral: no se tendrá en cuenta para el cálculo las prácticas que formen parte de los currículos para la obtención de las titulaciones o certificados correspondientes.

-Personas víctimas de violencia de género.

En el caso de concurrir la pertenencia a estos colectivos en una misma persona se incrementará la cuantía en 500 euros.

La acreditación de la pertenencia a alguno de los citados colectivos se llevará a cabo de oficio por parte del SCE, consultando los datos que obren en su demanda de empleo.

2. Los importes de subvención descritos se corresponden con contratos a jornada completa y considerando el tiempo de trabajo efectivo establecido como máximo, modulándose la cuantía de la subvención en caso contrario. En el supuesto de celebración de contratos a tiempo parcial para la modalidad de contratos en prácticas, será aplicable el criterio de proporcionalidad, viéndose disminuida la correspondiente subvención, en atención a la jornada por la que se hubiere suscrito el contrato, que en cualquier caso no podrá ser inferior al 50% de la jornada ordinaria establecida en cada caso, o a aquella que se establezca en la convocatoria.

3. En el caso de prórrogas de los contratos, realizadas más allá del periodo inicialmente concertado en el momento de solicitud y concesión de la subvención, así como los aumentos de jornada laboral, no supondrán un incremento de la subvención concedida. Tampoco dará derecho a cantidad adicional los casos de sustitución del puesto de trabajo subvencionado, así como en los supuestos de no haber sido identificada a la persona trabajadora a contratar con la presentación de la solicitud.

Criterios de valoración y baremación:

Para la valoración del conjunto de solicitudes válidamente presentadas se tendrán en cuenta los siguientes criterios de prelación, por este orden:

1.- Solicitudes con mayor número de contratos con personas desempleadas que hayan solicitado el Servicio de Empleo INCENTÍVATE, con anterioridad a la celebración del contrato, de conformidad con lo previsto en las presentes bases reguladoras.

2.- Solicitudes de subvención presentadas con mayor prontitud en el procedimiento de la sede electrónica correspondiente, según fecha, número y hora de registro de entrada.

Forma de Abono:

Abono en firme, de acuerdo a lo establecido en las bases reguladoras del programa y convocatoria respectiva, y más concretamente en la base décimo segunda.

Plazo de presentación:

Fecha Inicio: 18/1/2022 00:00

Fecha Fin: 18/4/2022 23:59

Condición: 4º período Para los compromisos de contratación que se asuman, o contratos celebrados, en los meses de enero, febrero y marzo de 2022

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