2021 ha llegado con novedades en los permisos de paternidad. Si hasta ahora los padres tenían derecho a 12 semanas de permiso tras el nacimiento de un hijo/a, desde el 1 de enero pueden disfrutar de hasta 16 semanas. Con esto se igualan definitivamente los tiempos a los de la baja por maternidad. Esta medida forma parte del Real Decreto Ley de Igualdad Laboral 6/2019, aprobado en marzo de 2019, que tiene por objetivo igualar el trato y oportunidades en el empleo y ocupación entre hombres y mujeres y que se ha ido implantando de manera progresiva. Esta ampliación de los permisos no es únicamente para trabajadores por cuenta ajena, también los autónomos podrán acogerse a ellos. Por nuestra experiencia en el despacho no suele ser lo habitual. Son pocos los autónomos y autónomas que pueden permitirse, ya sea por economía o por operativa, dedicación exclusiva a los hijos durante un periodo extenso.
En cualquier caso, si te decides a solicitarlo, lo primero que te interesará es saber cuánto ingresarás mientras estás de permiso. Si eres cliente de González Abogados y Asesores consúltanos y te lo calculamos.
Calcula la prestación por baja de paternidad
Las prestaciones por paternidad o maternidad para autónomos son del 100% de la base reguladora, que se calculará a partir de los seis meses anteriores al momento de la baja. Es decir, se debe dividir la cantidad por la que se cotizó durante ese tiempo por 180 que se corresponden con los días que conforman esos 6 meses. Como orientación: Si un trabajador autónomo cotiza por la mínima y solicita la baja de paternidad el resultado de hacer ese cálculo daría 31,48 euros. Esa es la cuota de prestación diaria a la que puede optar durante los periodos de baja. El beneficiario comenzará a percibir los ingresos a partir del mes siguiente al que le fue reconocida la prestación.
Cómo se pueden repartir las 16 semanas de permiso
Esa es otra de las dudas que te pueden surgir si te lo estás planteando. Ausentarte durante 16 semanas seguidas puede parecer un sueño para cualquiera, pero sabemos que en el planeta de los autónomos es complicado incluso ausentarse durante unos días o una semana. Debes saber que si te decides a solicitar la prestación por paternidad deberás tomarte las 6 primeras semanas tras el parto de manera obligatoria, de forma ininterrumpida y a jornada completa. Las 10 semanas restantes se disfrutarán dentro de los 12 meses posteriores al parto en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida.
Las 16 semanas podrán verse ampliadas en algunos supuestos:
—A partir del segundo hijo se contempla la ampliación de una semana para cada progenitor.
—En caso de discapacidad del recién nacido también se podrá ampliar una semana más.
—Si tras el nacimiento del bebé haya que hospitalizarlo, se contempla una ampliación del permiso de paternidad en 13 semanas más si el menor está hospitalizado al menos durante siete días.
¿Puedo seguir facturando durante el permiso de paternidad?
Esta duda también surge a menudo. Los autónomos que se han acogido al permiso de paternidad podrán seguir facturando siempre que la operativa de la actividad continúe funcionando, por ejemplo, en el caso de contar con empleados. Lo que no debería pasarte por la cabeza es solicitar la prestación y seguir ejerciendo la actividad, ya que en caso de inspección y de ser considerada como infracción grave la multa podría superar los 180 mil euros.
Requisitos para solicitar el permiso de paternidad
- Estar afiliado y en situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)
- Estar al corriente en el pago de las cuotas mensuales de la Seguridad Social.
- Comunicar el nacimiento del hijo en un plazo máximo de 15 días.
- Tendrás que contar con un periodo mínimo de cotización acumulado de 180 días en los últimos 7 años o 360 días durante la vida laboral.
Otras bonificaciones por paternidad y maternidad para autónomos
Desde 2018 los trabajadores por cuenta propia que hayan sido padres pueden disponer de bonificaciones aplicables a tres supuestos diferentes para reducir, o eximirles del pago de su cuota al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
—Bonificación del 100% de la cuota de autónomos por contingencias comunes por un plazo de 12 meses a aquellos trabajadores incluidos en el RETA a los que afecte cualquiera de estos supuestos:
A- El cuidado de menores de 12 años que tengan a su cargo.
B- Tener a su cargo a un familiar, por consaguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, en situación de dependencia.
C- Tener a su cargo a un familiar, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, o una discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad del 65% o más, siempre que dicho familiar no desempeñe una actividad retribuida.
—Bonificación del 100% de la cuota de autónomos durante los periodos de descanso por maternidad, paternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, siempre que este periodo tenga una duración de, al menos, un mes.
—Bonificación a las autónomas que se reincorporen al trabajo en determinados supuestos:
A- Cuando las autónomas dadas de alta en el RETA han cesado en su actividad por maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela y vuelven a realizar dicha actividad, tienen derecho a una bonificación con la que su cuota queda fijada en 60 euros mensuales durante los 12 meses inmediatamente siguientes a la fecha de su reincorporación al trabajo, siempre que opten por cotizar en la base mínima establecida con carácter general.
B- Si cotizan por una base superior a la mínima podrá aplicarse durante el mismo periodo una bonificación del 80%.
La baja por paternidad puede solicitarse también si te encuentras en situaciones asimiladas como la adopción de un menor de 6 años o el tutelaje de un familiar con, al menos, un 33% de minusvalía.
En cualquier caso, ponte en contacto con nosotros y te detallaremos todas las opciones de las que dispones en el caso de que seas autónomo y vayas a ser papá durante 2021.