Se acerca la temporada de verano y, tras la extinción de los contratos temporales, la opción en auge es el contrato fijo discontinuo. Hay muchas dudas sobre esta modalidad, sobre cómo aplicarlo y qué obligaciones tienen empleados y empleadores. Te resolvemos las más importantes.
Antigüedad
En la reforma laboral se ha matizado la forma de calcular la antigüedad en estos contratos, puesto que para su cálculo ahora se tiene en cuenta toda la duración de la relación laboral y antes se hacía solo con el tiempo efectivo trabajado. Antes de la reforma, si la empresa prescindía de un empleado fijo discontinúo y tenía que indemnizarle, el cálculo se basaba en los meses trabajados. Ahora, el cálculo se hace con el total de los años que llevan trabajando juntos.
Es un contrato indefinido
El contrato fijo discontinuo es un contrato indefinido. Así que aunque el empleado se vaya al paro una vez terminada la temporada, la empresa está obligada a contar con él en la siguiente temporada. Si llegado el momento de incorporarse no se ha avisado al trabajador se podría entender como un despido y este podría presentar papeleta de conciliación para recibir la correspondiente indemnización.
Ventajas para los trabajadores
Para los trabajadores que se acogen a este contrato la principal ventaja es que tienen más flexibilidad a la hora de cobrar prestaciones de desempleo y a optar por diferentes prestaciones a las que se tiene derecho o más opciones para cobrar ayudas.
Cómo afecta a los empleadores
Ante un despido o extinción de contrato la indemnización será la misma que la de un indefinido, y para su cálculo, se tiene en cuenta la antigüedad del trabajador.
La Inspección de Trabajo va a comprobar que los contratos suscritos como fijos discontinuos se utilizan efectivamente para actividades estacionales.
Si tienes dudas, contacta con nosotros.
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