Mandar un email a un empleado fuera del horario de trabajo te puede costar más de 6 mil euros

Aunque el titular parezca exagerado, no lo es. Mandar un email a un empleado fuera del horario de trabajo te puede costar más de 6 mil euros… Hace tan solo unos días, el pasado 23 de septiembre, se publicó en el BOE la ley del teletrabajo. Desde esa fecha, todas las empresas contaban con 20 días para adaptarse a la nueva normativa. El plazo termina hoy, martes 13 del año 2020. Pero hagáis teletrabajo o no lo hagáis, hay algo a tener en cuenta en el momento actual, y es el cumplimiento del derecho a la desconexión digital. Actualmente, la Inspección de Trabajo alerta a las empresas que mandar emails fuera del horario laboral supone una infracción grave que lleva sanciones que van desde 626 a 6250 euros.

La única forma de dejar constancia de que no se está vulnerando el derecho a la desconexión digital es indicar expresamente en el mail que se espera únicamente respuesta durante el horario de trabajo, o evidentemente, no enviándolos fuera de ese horario. Estas son algunas de las principales claves de la ley.

Principales claves de la ley de desconexión digital

Principales claves de la ley de desconexión digital

 

1.- En 2018 por primera vez se legisló en España el derecho a la desconexión digital.

2.- La ley garantiza a los trabajadores que su horario laboral no se extienda mediante el uso de medios electrónicos.

3.- En esta ley también se manifiesta que es una forma de permitir la conciliación familiar: “Los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar.”

4.- La Inspección Laboral puede establecer como infracción grave aquellas comunicaciones que se mantengan con los empleados en horario y días que no están estipulados en el contrato de trabajo. Además de mails incluye WhatsApp.

5.- Todo esto hace determinante que con la entrada de ley de teletrabajo, las empresas deben tener redactados los acuerdos necesarios por escrito en los que consten las condiciones del teletrabajo, las vías de control a los empleados, los medios que se ponen a su disposición y, por supuesto, la desconexión digital.

 Si tienes cualquier duda al respecto, ya seas empleado o empleador, en nuestro departamento de laboral estarán encantados de ayudarte y resolver todas tus dudas.

 

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