02. Asesoría Fiscal y Laboral archivos - González Abogados y Asesores https://gonzalezabogadosyasesores.com/category/asesoria-fiscal/ Despacho de Abogados y Asesoría Fiscal y Laboral en Gran Canaria Wed, 20 Mar 2024 14:01:20 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.4.3 https://gonzalezabogadosyasesores.com/wp-content/uploads/2021/03/cropped-logo-sin-letras-32x32.png 02. Asesoría Fiscal y Laboral archivos - González Abogados y Asesores https://gonzalezabogadosyasesores.com/category/asesoria-fiscal/ 32 32 Deducciones Fiscales en Canarias https://gonzalezabogadosyasesores.com/deducciones-fiscales-en-canarias/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=deducciones-fiscales-en-canarias https://gonzalezabogadosyasesores.com/deducciones-fiscales-en-canarias/#respond Wed, 20 Mar 2024 13:39:51 +0000 https://gonzalezabogadosyasesores.com/?p=19941 Donaciones y Conservación del Patrimonio Donaciones con finalidad ecológica: Deducción del 10% de donaciones a entidades ecológicas, con límites de 150€ o el 10% de la cuota íntegra autonómica. Aportaciones para la rehabilitación o conservación del patrimonio histórico de Canarias: Deducción del 20% de las donaciones para conservar el patrimonio histórico, con ciertos requisitos. Colaboraciones…

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Maximiza tus ahorros: Guía de deducciones fiscales en Canarias

¿Te imaginas poder ahorrar dinero en tus impuestos mientras ayudas al medio ambiente o apoyas la educación de tus hijos? ¡Pues en las Islas Canarias es posible! 

En este artículo te traemos una guía completa con todas las deducciones fiscales disponibles en Canarias para el año 2024. No importa si eres un contribuyente experimentado o si apenas estás comenzando a entender el mundo de los impuestos, aquí encontrarás información clara y útil para sacar el máximo provecho a tu declaración. 

Así que prepárate para descubrir cómo puedes aliviar tu carga fiscal y contribuir al bienestar de la comunidad. ¡Sigue leyendo y empieza a planificar tus finanzas de manera inteligente!

Donaciones y Conservación del Patrimonio

Donaciones con finalidad ecológica: Deducción del 10% de donaciones a entidades ecológicas, con límites de 150€ o el 10% de la cuota íntegra autonómica.

Aportaciones para la rehabilitación o conservación del patrimonio histórico de Canarias: Deducción del 20% de las donaciones para conservar el patrimonio histórico, con ciertos requisitos.

Colaboraciones y aportaciones para fines culturales, deportivos, investigación o docencia: Deducción del 15% de las donaciones a entidades culturales, deportivas o de investigación, con diversas bases máximas según el tipo de donación.

Donaciones a entidades sin ánimo de lucro: Deducción del 20% hasta 150€ y del 15% a partir de más, con límites según la base liquidable del contribuyente.

Gastos de enfermedad (general): Deducción del 12% de los gastos médicos y de aparatos, con límites de 600€ en declaración individual y 840€ en la conjunta. Aumenta en 100€ si se tiene un grado de discapacidad del 65% o superior.

Cantidades destinadas por sus titulares a la restauración, rehabilitación o reparación de bienes inmuebles declarados de interés cultural: Deducción del 10% de las cantidades pagadas, con límites.

Beneficios para la Familia y Educación

Gastos de estudios: Deducción de hasta 1.600€ por descendiente en estudios superiores, con ciertos requisitos.

Gastos de estudios en educación infantil, primaria, enseñanza secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional de grado medio: Deducción del 100% de los gastos relacionados, con límites según el número de descendientes.

Trasladar la residencia habitual a otra isla del Archipiélago para realizar una actividad laboral por cuenta ajena o una actividad económica: Deducción de 300€ durante cuatro años para traslados por trabajo.

Donaciones en metálico a descendientes o adoptados menores de 35 años para la adquisición o rehabilitación de su primera vivienda habitual: Deducibilidad de hasta el 3% de las donaciones, con límites según la discapacidad del donante.

Nacimiento o adopción de hijos: Deducción según el número de hijos y su discapacidad, con límites.

Contribuyentes con discapacidad y mayores de 65 años: Deducción de 300€ para discapacidad y 120€ para mayores de 65 años.

Acogimiento de menores: Deducción de 250€ por cada menor acogido.

Familias monoparentales: Deducción de 100€ para quienes tengan a su cargo descendientes menores de edad.

Gastos de guardería: Deducción del 15% de los gastos de guardería para niños menores de 3 años, con ciertos requisitos.

Familia numerosa: Deducción de 450€ para familias numerosas de categoría general y de 600€ para categoría especial.

Ayudas para la Vivienda y Otros Gastos

Inversión en vivienda habitual: Deducción del 3,5% de las cantidades pagadas, con ciertos límites.

Obras de rehabilitación energética y reforma de la vivienda habitual: Deducción del 10% de las cantidades destinadas a obras de rehabilitación energética.

Obras de adecuación de la vivienda habitual por personas con discapacidad: Deducción del 10% de las cantidades invertidas.

Alquiler de vivienda habitual: Deducción del 20% de las cantidades pagadas, con ciertos límites.

Arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago: Deducción del 25% de las cantidades pagadas, con límites.

Gastos en primas de seguros de crédito para cubrir impagos de rentas de arrendamientos de vivienda (deducción del arrendador): Deducción del 75% de las cantidades pagadas con un límite de 150€.

Contribuyentes desempleados: Deducción de 100€ para contribuyentes desempleados que cumplan ciertos requisitos.

Gasto de enfermedad (general): Deducción del 10% de los gastos médicos y de aparatos, con límites según la tributación individual o conjunta y la discapacidad del contribuyente.

Familiares dependientes con discapacidad: Deducción de 500€ por cada ascendiente o descendiente con discapacidad.

El alza de precios: Deducción variable según el nivel de ingresos del contribuyente para ayudar con los gastos de la cesta de la compra.

Cada deducción tiene sus propios requisitos y límites, por lo que es importante revisar detenidamente la normativa aplicable.

¡No esperes más para planificar tus finanzas de manera estratégica y obtener el máximo beneficio fiscal posible con nuestra orientación experta!

 

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Guía para seleccionar asesoría laboral para tu negocio https://gonzalezabogadosyasesores.com/guia-para-seleccionar-asesoria-laboral-para-tu-negocio/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=guia-para-seleccionar-asesoria-laboral-para-tu-negocio https://gonzalezabogadosyasesores.com/guia-para-seleccionar-asesoria-laboral-para-tu-negocio/#respond Tue, 20 Jun 2023 11:47:43 +0000 https://gonzalezabogadosyasesores.com/?p=19793 La entrada Guía para seleccionar asesoría laboral para tu negocio se publicó primero en González Abogados y Asesores.

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Sabemos que dirigir una empresa no es tarea fácil, y uno de los aspectos más importantes es la gestión laboral. En este artículo, te ofrecemos una guía práctica para ayudarte a elegir la mejor asesoría laboral que se adapte a las necesidades de tu negocio. 

Prepárate para descubrir por qué es importante contar con este tipo de asesoramiento y cómo aprovechar al máximo sus beneficios.

¿Por qué necesitas una asesoría laboral para tu negocio?

En el mundo empresarial, estar al tanto de las regulaciones y leyes laborales es de vital importancia. 

Las leyes laborales están en constante cambio, y eso puede resultar confuso y estresante. Pero tranquilo, deja que te cuente un secreto: confiar en expertos en el campo puede ser la clave para evitar conflictos innecesarios y ahorrar una buena cantidad de dinero

Ellos se mantienen al día con las últimas normativas, así que puedes estar tranquilo sabiendo que todo está bajo control. Además, te libera de la carga administrativa, para que puedas dedicarte a hacer crecer tu negocio.

¿Por qué necesitas una asesoría laboral para tu negocio?

Facilitan el cumplimiento de tus responsabilidades legales

Normas y leyes laborales

El conocimiento actualizado sobre leyes laborales es obligatorio para evitar sanciones y demandas innecesarias.

Expedientes e información de los empleados

El seguimiento y manejo adecuado de los archivos laborales evita problemas legales y permite tomar decisiones informadas sobre tus empleados.

Prevención de conflictos laborales

Te ayudarán a evitar multas y sanciones por incumplimiento de normativa.

Funciones de un asesor laboral

Un asesor laboral despliega un amplio abanico de funciones para apoyar a tu empresa. Aquí hay algunas tareas clave que desempeñan:

  • Elaboración de contratos:

Te ayudan a crear contratos laborales con todas las disposiciones legales.

  • Gestión de nóminas y seguridad social:

Ellos se encargan de asegurarse que recibas las nóminas de tus empleados correctamente y de que estés al día con los pagos a la seguridad social. ¡Adiós, laberinto de papeles y cálculos!

  • Resolución de conflictos laborales:

Te asisten en situaciones delicadas, como despidos, reclamaciones de empleados o negociaciones colectivas.

¿Qué debes tener en cuenta al elegir una asesoría laboral?

No te conformes con cualquier asesoría laboral. Aquí te dejo algunos consejos extra que te ayudarán a encontrar a tu compañero de negocios ideal:

  • Busca una asesoría laboral que entienda tus necesidades específicas. Cada negocio es diferente, así que asegúrate de que estén dispuestos a adaptarse a tu estilo y tamaño. Evalúa si los servicios se ajustan a tus requerimientos.
  • La comunicación es clave. Busca una asesoría laboral que no solo reaccione a los problemas, sino que también te brinde consejos y soluciones anticipadas para optimizar la gestión laboral.
  • Ética y confidencialidad: Asegúrate de que respete la confidencialidad de la información que compartas con ellos. La privacidad de tus datos y la confidencialidad de tu empresa son aspectos cruciales.
¿Qué debes tener en cuenta al elegir una asesoría laboral? Funciones de un asesor laboral

En resumen, elegir una asesoría laboral para tu empresa es una jugada inteligente. Te aseguras de que todo esté en regla y te brinda el apoyo y la orientación necesarios para llevar tu negocio al éxito. Así que no lo pienses más y encuentra a tu compañero de batallas laborales. ¡Juntos!

¡CONTÁCTANOS!

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Ayudas para transportistas y agricultores https://gonzalezabogadosyasesores.com/ayudas-para-transportistas-y-agricultores/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=ayudas-para-transportistas-y-agricultores https://gonzalezabogadosyasesores.com/ayudas-para-transportistas-y-agricultores/#respond Tue, 07 Mar 2023 12:27:09 +0000 https://gonzalezabogadosyasesores.com/?p=19751 La entrada Ayudas para transportistas y agricultores se publicó primero en González Abogados y Asesores.

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El Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, aprobado por el Consejo de Ministros incluye una serie de nuevas ayudas específicas para el sector agrícola y del transporte, principalmente, para paliar el aumento del precio de los combustibles. 

Ayudas por el aumento del combustible para transportistas profesionales y agricultores

Ayuda para las empresas de transporte por carretera beneficiarias de la devolución por Gasóleo Profesional

Pueden ser beneficiarios de esta ayuda los titulares de los vehículos, matriculados en España, que tienen derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos prevista en el artículo 52 bis de la Ley 38/1992, de Impuestos Especiales.

Se excluyen las empresas afectadas por sanciones que la Unión Europea haya podido establecer a raíz de la invasión de Ucrania por parte de Rusia.

Ayudas para transportistas por el aumento del combustible

IMPORTE DE LA AYUDA

  • Para los suministros de gasóleo realizados entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2023: 0,20 euros por litro.
  • Para los suministros de gasóleo realizados entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2023: 0,10 euros por litro.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

  • Una declaración responsable en la que señalen expresamente que se han visto afectados económicamente por las consecuencias derivadas de la invasión de Ucrania.
  • Una declaración de cualesquiera otras ayudas que se hayan recibido en aplicación del Marco Temporal Europeo Ucrania o del Marco Nacional.
  • Una declaración en la que se identifique a las empresas con las que se encuentren vinculados y asociados.

Estas declaraciones se presentarán a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, mediante las gestiones habilitadas al efecto.

Ayuda directa al transporte (no beneficiarios devolución gasóleo profesional)

Podrán solicitar la ayuda los trabajadores autónomos y sociedades con personalidad jurídica propia legalmente constituidas en España que, a 28 de diciembre de 2022:

  • Se encuentren de alta en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte como titulares de una autorización de transporte de cualquiera de las clases VDE, VT, VTC, VSE, MDLE y MDPE.
  • Tengan a su disposición licencia expedida en Ceuta y Melilla para vehículos taxi.
  • Sean titulares de autobuses urbanos conforme a la clasificación por criterios de utilización del Reglamento General de Vehículos y que a fecha 28 de diciembre de 2022, se encuentren de alta en el Registro de vehículos de la Jefatura central de Tráfico.
Ayudas para el combustible para el sector agrario y del transporte

IMPORTE DE LA AYUDA

Vehículo Importe (euros)
Mercancías pesado. Camión. MDPE con MMA≥7,5 t y tipo de carburante GLP, GNC o GNL 3.690
Mercancías pesado. MDPE con MMA≥7,5 t, tipo de combustible gasóleo y domiciliado en Canarias, Ceuta o Melilla 2.700
Mercancías pesado. Camión. MDPE con MMA<7,5 t 1.000
Mercancías ligero. Furgoneta. MDLE 450
Ambulancia VSE 450
Taxis. VT. con tipo de combustible GLP, GNC o GNL 410
Taxis. VT con tipo de combustible gasóleo y domiciliado en Canarias o taxis domiciliados en Ceuta o Melilla 300
Vehículo alquiler con conductor. VTC 300
Autobús. VDE y tipo de carburante GLP, GNC o GNL 2.050
Autobús urbano conforme a la clasificación por criterios de utilización del Reglamento General de Vehículos y tipo de combustible GLP, GNC o GNL 2.050
Autobús urbano conforme a la clasificación por criterios de utilización del Reglamento General de Vehículos, tipo de combustible gasóleo y domiciliado en Canarias, Ceuta o Melilla 1.500

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

  • Una declaración responsable en la que se señale expresamente que la empresa solicitante se ha visto afectada económicamente por las consecuencias derivadas de la invasión de Ucrania.
  • Una declaración por escrito de cualesquiera otras ayudas que en aplicación del Marco Temporal Europeo Ucrania o del Marco Nacional Temporal aprobado por la Comisión Europea, haya recibido.

La solicitud se podrá presentar durante el periodo comprendido entre el 1 de abril y el 31 de mayo de 2023.

Ayuda para sufragar el precio del gasóleo consumido por productores agrarios

Pueden beneficiarse de esta ayuda los titulares de explotaciones agrarias (incluida la horticultura, ganadería y silvicultura) con derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo empleado en la agricultura y ganadería, establecida en el artículo 52. Ter de la Ley 38/1992, de Impuestos Especiales.

Ayudas para agricultores por el aumento del combustible

IMPORTE DE LA AYUDA

  • 20 céntimos de euro por litro de gasóleo adquirido en 2022, destinado exclusivamente al uso agrario.

SOLICITUD

  • La solicitud podrá ser presentada a partir del 1 de abril de 2023.

Se solicita conjuntamente con la solicitud de la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo empleado en la agricultura y la ganadería en el año 2022.

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Novedades tributarias 2023 para autónomos y pymes https://gonzalezabogadosyasesores.com/novedades-tributarias-2023-para-autonomos-y-pymes/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=novedades-tributarias-2023-para-autonomos-y-pymes https://gonzalezabogadosyasesores.com/novedades-tributarias-2023-para-autonomos-y-pymes/#respond Tue, 10 Jan 2023 13:08:26 +0000 https://gonzalezabogadosyasesores.com/?p=19710 La entrada Novedades tributarias 2023 para autónomos y pymes se publicó primero en González Abogados y Asesores.

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Arranca un nuevo año, y llega cargado de novedades tributarias para los autónomos y pymes. Por ello, hemos realizado este resumen de todo lo que llega este año 2023 y estés bien preparado para lo que viene con la entrada en vigor desde el 1 de enero de la  Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023.

¡Comencemos!

Nuevo sistema de cotización para autónomos

Una de las principales novedades y, sin duda, la más importante es el nuevo sistema de cotización de los autónomos según sus ingresos reales. Entró en vigor el pasado 1 de enero y es de obligado cumplimiento para todos los autónomos. Esta nueva cuota consiste en:

  • Todas las personas que trabajen por cuenta propia cotizarán a la Seguridad Social en función de sus rendimientos netos.
  • Va a consistir en un modelo progresivo de cuotas que se va a desarrollar en los próximos 3 años (2023 – 2025).
  • Al inicio del año o en el momento del alta, los autónomos comunicarán su previsión de rendimientos netos.
  • La cuota mensual se establece según una tabla general y reducida de bases de cotización que se dividirán en 15 tramos en los que cada autónomo tendrá que insertarse en función de su previsión de ingresos.
Nuevo sistema de cotización para autónomos, tabla de cotización 2023

En este video te explicamos todos los detalles necesarios para entender mejor el funcionamiento de esta nueva cuota para autónomos.

En Importass, el nuevo Portal de la Tesorería, se encuentra disponible un simulador para realizar el cálculo de la cuota en función de los rendimientos previstos.

Nueva tarifa plana para nuevos autónomos

Otra novedad que llega este 2023: la nueva tarifa plana de 80 euros para nuevos autónomos. A partir de este año 2023, las personas que se den de alta como autónomo podrán solicitar la aplicación de la tarifa plana de 80 euros al momento de tramitarla. 

Consiste en empezar con un pago mensual de 80 euros a la Seguridad Social, en lugar de la cuota correspondiente en el sistema de cotización por tramos en función de los ingresos reales.

  • Durante el primer año, la cuota será de 80 euros mensuales.
  • En el segundo año de actividad, se mantendrá la cuota de 80 euros mensuales en el caso de que sus ingresos no lleguen al salario mínimo interprofesional (SMI).
Tarifa plana de 80 euros para nuevos autónomos desde 2023

Medidas fiscales: autónomos y pymes

El Ministerio de Hacienda ha informado de una serie de medidas fiscales que se incorporan en los Presupuestos Generales del Estado 2023.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

  • La reducción de los contribuyentes que tributan en estimación directa simplificada se incrementará hasta el 7% el porcentaje de gastos deducibles en concepto de provisiones y gastos de difícil justificación.
  • Se amplía de 14.000 a 15.000 euros las rentas exentas para un contribuyente soltero y sin hijos; y de 18.000 a 19.000 euros para un contribuyente con dos hijos que presente declaración conjunta.
  • La reducción por rendimientos del trabajo incluirá aquellos contribuyentes con un salario bruto del trabajo de hasta 21.000 euros.

Impuesto sobre Sociedades (IS)

  • Rebaja del tipo nominal del impuesto del 25% al 23% sobre sociedades a las entidades que tengan un importe de la cifra de negocios inferior a un millón de euros.
  • De manera adicional, los grupos consolidados sólo podrán, en 2023, compensar el 50% de las pérdidas de sus filiales, pudiendo aplicar el resto en el siguiente ejercicio impositivo.

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

  • Rebaja del 10% al 4% el tipo impositivo aplicable a los productos de higiene femenina, preservativos y anticonceptivos no medicinales.

Ley de Startups para emprendedores

LLega la nueva Ley de Startups, un proyecto que el Ejecutivo presentó años atrás para el incentivo de la creación de empresas, publicado el pasado 22 de diciembre en la denominada Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes (Ley de Startups).

Sus principales objetivos son potenciar el ecosistema emprendedor en España, crear y relocalizar empresas emergentes y atraer talento y capital internacional. Entre sus principales claves destacamos: 

Una vez que las empresas puedan beneficiarse de esta nueva ley, se encontrarán con la posibilidad de acogerse a ciertos beneficios fiscales relevantes, entre los que destacan:

  • Reducción del tipo impositivo en el Impuesto de Sociedades a un 15% en los 4 primeros ejercicios desde que la base imponible sea positiva.
  • Las stock options sólo tributarán cuando sus titulares las vendan, y quedarán exentos de tributación los primeros 50.000 euros.
  • Se amplía la base máxima de deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación, de 60.000 a 100.000 euros anuales. Y el tipo de deducción se eleva al 50%.
Nueva Ley de Startups para el fomento del emprendimiento con beneficios fiscales en 2023

Ley Crea y Crece

Con el objetivo de agilizar la constitución de nuevas sociedades mercantiles, reducir los obstáculos regulatorios, luchar contra la morosidad e impulsar el crecimiento, el Gobierno presentó la Ley Crea y Crece.

Y en 2023 traerá una nueva obligación para los autónomos: la factura electrónica.

  • Los autónomos y empresas con una facturación anual superior a los 8 millones de euros tendrán 1 año para adaptarse a la factura electrónica, tras aprobarse su reglamento.
  • Los autónomos y empresas con una facturación anual inferior a los 8 millones de euros tendrán 2 años para adaptarse a la factura electrónica, tras aprobarse su reglamento.
Ley Crea y crece para autónomos y pymes, obligación a la factura electrónica

Estas son las principales novedades tributarias que llegan para este año 2023, si tienes dudas o necesitas más información puedes contactar con nosotros. ¡Estamos para ayudarte!

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Calendario laboral en Canarias 2023: los días festivos del año https://gonzalezabogadosyasesores.com/calendario-laboral-en-canarias-2023-los-dias-festivos-del-proximo-ano/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=calendario-laboral-en-canarias-2023-los-dias-festivos-del-proximo-ano https://gonzalezabogadosyasesores.com/calendario-laboral-en-canarias-2023-los-dias-festivos-del-proximo-ano/#comments Wed, 30 Nov 2022 13:14:14 +0000 https://gonzalezabogadosyasesores.com/?p=19690 La entrada Calendario laboral en Canarias 2023: los días festivos del año se publicó primero en González Abogados y Asesores.

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El Gobierno de Canarias ha aprobado los días festivos del próximo año 2023. 

Contará con 14 días festivos, donde 8 serán festivos nacionales «no sustituibles», 4 serán escogidos por cada comunidad autónoma (uno de ellos común a toda España) y 2 días serán festivos locales que elegirá el ayuntamiento de cada localidad, según se especifica en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Festivos nacionales (no sustituibles)

Los ocho festivos no sustituibles que contempla el calendario laboral en 2023 son:

  • 7 de abril: Viernes Santo
  • 1 de mayo: Día del Trabajo
  • 15 de agosto: Asunción de la Virgen
  • 12 de octubre: Fiesta Nacional de España
  • 1 de noviembre: Todos los Santos
  • 6 de diciembre: Día de la Constitución Española
  • 8 de diciembre: La Inmaculada Concepción
  • 25 de diciembre: Navidad

Festivos nacionales (sustituibles)

Los días que las comunidades autónomas pueden mantener como festivos o sustituirlos por otros son:

  • 2 de enero: Año Nuevo (en Canarias no es festivo)
  • 6 de enero: Día de Reyes
  • 6 de abril: Jueves Santo

En varias comunidades autónomas incluyendo Canarias, el día 2 de enero no se mantiene como día festivo en el calendario laboral 2023,  indicando que el día 1 de enero al coincidir Año Nuevo con un domingo ya queda contemplado como el descanso después de la celebración de Nochevieja.

Festivos en Canarias

Las fiesta de la Comunidad autónoma de Canarias:

  • 30 de mayo: Canarias, día de Canarias

Las fiestas laborales por islas:

  • 2 de febrero: Tenerife, la Virgen de la Candelaria
  • 5 de agosto: La Palma, Nuestra Señora de Las Nieves
  • 8 de septiembre: Gran Canaria, Nuestra Señora del Pino
  • 15 de septiembre: Lanzarote y La Graciosa, Nuestra Señora de Los Volcanes
  • 15 de septiembre: Fuerteventura, Nuestra Señora de la Peña
  • 25 de septiembre: El Hierro, Nuestra Señora de los Reyes
  • 9 de octubre: La Gomera, Nuestra Señora de Guadalupe

En la ciudad de Telde, se considerará fiesta local:

  • 24 de Junio: Telde, día de San Juan Bautista.
  • 17 de Noviembre: Telde, día de San Gregorio.
Calendario laboral de Canarias del año 2023: días festivos y puentes

Varios fines de semana largos

Este año 2023 se presenta con varios fines de semana largos o puentes. Entre los días festivos nacionales destacan: el 7 de abril con Viernes Santo; el 1 de Mayo, Día del Trabajador, que cae en lunes; el 8 de diciembre, Día de la Inmaculada Concepción, que será viernes y el 25 de diciembre, Navidad, que cae un lunes.

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¿Cómo cambio de asesoría? Únete a una asesoría comprometida https://gonzalezabogadosyasesores.com/como-cambio-de-asesoria-unete-a-una-asesoria-comprometida/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=como-cambio-de-asesoria-unete-a-una-asesoria-comprometida https://gonzalezabogadosyasesores.com/como-cambio-de-asesoria-unete-a-una-asesoria-comprometida/#respond Fri, 04 Nov 2022 11:54:31 +0000 https://gonzalezabogadosyasesores.com/?p=19675 La entrada ¿Cómo cambio de asesoría? Únete a una asesoría comprometida se publicó primero en González Abogados y Asesores.

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¿Estás buscando una nueva asesoría que te gestione y asesore en todo lo necesario para tu negocio? ¿Necesitas ayuda profesional que se encargue de las gestiones fiscales, contables, laborales y jurídicas

Si eres autónomo o tienes una Pyme, tienes que tener en cuenta que al elegir a tu nueva asesoría, sea capaz de satisfacer todas estas necesidades y así, tú como empresario puedas dedicar tu tiempo a enfocarte en tu negocio. No solo te conformes con contratar los servicios de una asesoría que únicamente presente correctamente tus impuestos en plazo y forma.

¿Por qué cambiar de asesoría?

Cuando un cliente se pone en contacto con nosotros para informarse de nuestros servicios de asesoría para empresas, nos suelen expresar una serie de factores que les empujan a la necesidad de cambiar de su gestoría actual. Algunas de las causas son:

  • Pérdida de confianza debido a errores de la asesoría, induciendo a costes de recargo o sanciones.
  • Carencias de un servicio integral, teniendo que buscar esos servicios en otro lado.
  • El precio del servicio se ha visto incrementado.
  • No cumplen con los plazos de impuestos o nóminas en el momento que son necesarios.
  • Retrasos en la contabilidad del negocio.
  • Falta de comunicación y compromiso, ausencia de interés por el funcionamiento de la empresa.
  • No se mantienen actualizados con respecto a las nuevas medidas legales o tributarias, así como de las normas que puedan afectar al negocio.
  • El equipo de trabajo no está modernizado, poco informatizado, lo que conlleva a ser lentos y pocos eficientes.

¿Cómo elegir una nueva asesoría?

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Existen asesorías que solo ofrecen un servicio de asesoramiento fiscal, contable o laboral, y contratar esos servicios por separado implica, además de un mayor gasto, que estos profesionales no tendrán una visión global de tu negocio. Es importante que la asesoría que elijas sea accesible, que puedas plantearle tus dudas cuando surjan, que ofrezca soluciones pero además, que se anticipen a tus necesidades. 

Te recomendamos que antes de tomar la decisión de elegir a tu nueva asesoría, reflexiones y analices previamente qué es lo que buscas.

  1. Atención y profesionalidad. Observar que los trámites de tu empresa estén bien gestionados por los asesores, que haya una buena comunicación y sean capaz de solventar tus necesidades de forma adecuada. Que no solo te conozcan a ti, sino también el estado y funcionamiento de tu negocio.
  2. Servicio integral. Evalúa si tu negocio solo necesita un servicio fiscal o por el contrario necesitas asesoramiento tanto fiscal, como contable, laboral o jurídico. Con motivo de optimizar tu tiempo y recursos, lo más recomendable es que el servicio cubra todas las necesidades de tu negocio. 
  3. Experiencia. Valora no solo el servicio, sino las personas que lo conforman. Si controlan bien todas las gestiones que necesitas, cuentan con experiencia profesional, te ayudan con el papeleo de tu negocio.
  4. Valor añadido. Además de ofrecerte un servicio integral, observa si incluye aspectos complementarios como por el ejemplo registro de marcas, realización de contratos o asesoramiento mercantil.

¿Qué necesitas para cambiar de asesoría?

Primero, queremos recordarte que un cambio de asesoría puede realizarse en cualquier momento del año, aunque la mejor época para proceder al cambio es durante el primer trimestre del año. Pues una vez se cierra el ejercicio anterior y comienzas de nuevo, el cambio se realiza de una manera más simple. En caso de que no haya sido posible hacer el cambio a comienzo de año, lo que se aconseja es que hagas el cambio al fin de una presentación de trimestre, resulta más sencillo y evitas posibles errores de transferencia de datos y gestiones.

Avisa a tu actual gestoría o asesoría del cambio

Si has tomado la decisión de dejar de trabajar con tu actual gestoría o asesoría, lo mejor es comunicarlo lo antes posible. Anuncia tu marcha de la prestación de sus servicios y retira toda la documentación correspondiente de tu empresa. Revisa y asegúrate de que ha cumplido con todas sus obligaciones.

Transferencia de tu documentación

Tu asesoría actual maneja y posee una gran cantidad de documentación sobre tu actividad. Debes revocar todas las autorizaciones y entregarte toda tu documentación al finalizar la relación contractual. Tu nueva asesoría puede darte indicaciones sobre qué es lo que debes pedir exactamente, pero lo habitual es:

    • Documentación original (escrituras, facturas, etc.)
    • Copias de los impuestos presentados, los seguros sociales, las nóminas de los empleados y otros documentos similares.
    • Libros de facturas.
    • Cualquier documentación de la gestión contable de los últimos 5 años.

Comprueba que toda la documentación solicitada te ha sido entregada y es correcta.

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Únete a una asesoría comprometida

Muchos de los clientes que se plantean un cambio de asesoría, buscan un profesional que no solo se limite a gestionar los impuestos y rellenar papeleo. 

En González Abogados & Asesores tienen una asesoría comprometida, que se implica en tu negocio y su crecimiento.

  • Una asesoría no solo gestiona, también asesora.
  • Nos preocupamos de aminorar tu carga fiscal, laboral, contable y jurídica.
  • Velamos por el bien y crecimiento de tu negocio.
  • Cuidamos de tu tranquilidad y seguridad.
  • Siempre actualizados, te informamos de todas las novedades tributarias, así como de ayudas o subvenciones que sean beneficiosas para tu negocio.
  • Crecemos con cada cliente.
  • Tiempo para tu negocio, deja en nuestras manos el cumplimiento de las obligaciones tributarias y legales.
  • Cercanía y confianza, un equipo de asesoras disponibles para solventar tus dudas y apoyarte en lo que necesites.

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Impuestos a presentar en octubre: tercer trimestre 2022 https://gonzalezabogadosyasesores.com/impuestos-a-presentar-en-octubre-tercer-trimestre-2022/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=impuestos-a-presentar-en-octubre-tercer-trimestre-2022 https://gonzalezabogadosyasesores.com/impuestos-a-presentar-en-octubre-tercer-trimestre-2022/#respond Fri, 07 Oct 2022 10:04:17 +0000 https://gonzalezabogadosyasesores.com/?p=19656 La entrada Impuestos a presentar en octubre: tercer trimestre 2022 se publicó primero en González Abogados y Asesores.

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Llega el mes de octubre, dando comienzo a otras de las obligaciones tributarias del calendario fiscal 2022, las declaraciones de las autoliquidaciones del tercer trimestre del año.

Entre el 1 y el 20 de octubre, los trabajadores por cuenta propia han de presentar ante la Agencia Tributaria los diferentes modelos de declaración en función de la situación fiscal en la que se encuentren. También recordar que, como ocurre todos los trimestres, las presentaciones de modelos con pago domiciliado terminan el día 15.

Calendario-fiscal-octubre-2022-Impuestos-Canarias-Asesores-fiscales

Modelos a presentar ante la Agencia Tributaria

Modelo 111: retenciones de facturas

Las empresas y autónomos declaran las retenciones practicadas durante el tercer trimestre del año (julio-septiembre). Se necesitan todas las nóminas de trabajadores y las facturas de profesionales donde el declarante ha retenido IRPF. Se debe presentar:

  • Salarios o finiquitos de empleados.
  • Rendimientos actividades económicas: profesionales, agrícolas, ganaderas y forestales o actividades empresariales en estimación objetiva (que se declaren por módulos)
  • Rendimientos por propiedad intelectual, industrial, derechos de imagen
  • Premios de participación en juegos, rifas o concursos.
  • Ganancias patrimoniales por aprovechamiento forestal en montes públicos.

Modelo 115: retenciones de alquiler

Son las retenciones practicadas por los alquileres. Es de obligada presentación para todos los empresarios que paguen por alquiler de locales comerciales u oficinas.

Existen ciertas excepciones a tener en cuenta:

  • Alquileres de vivienda que las empresas pagan a sus trabajadores.
  • Si el alquiler no supera los 900 euros anuales.
  • Si es un leasing (arrendamiento financiero).
  • Si acredita que el arrendatario tributa por alguno de los epígrafes del grupo 861 de la Sección primera de las Tarifas del Impuesto sobre actividades económicas.
  • Cuando las rentas se obtengan por las entidades totalmente exentas establecidas en el artículo 9.1 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

Modelo 130 o 131: IRPF fraccionado

Todos los autónomos en estimación directa (modelo 130) o en módulos (modelo 131) que hayan optado por la opción de pago fraccionado del IRPF deberán presentar la autoliquidación del tercer trimestre, independientemente de su situación tributaria. Para rellenar estos modelos es necesario todos los ingresos y gastos relacionados con la actividad económica.

No estarán obligados a presentar el modelo 130 trimestralmente aquellos que realizan actividades profesionales y aplican retención al menos el 70% de sus facturas. Quedarán exentos de presentar el 130 siempre y cuando no se hayan dado de alta en el modelo 036/037 en la obligación de realizar los pagos fraccionados del IRPF.

Modelo 202: Impuesto de Sociedades

Es la declaración o liquidación del Impuesto sobre Sociedades (IS), también conocido como el impuesto sobre la renta. Están obligados a presentarlo todas las entidades residentes en España.

  • Entidades que se hayan constituido con conformidad a la legislación española.
  • Entidades que tengan su domicilio social dentro del territorio español.
  • Entidades que tengan la sede de dirección efectiva en territorio español.

Modelo 420 o 421: autoliquidación del IGIC en Canarias

Declaran las autoliquidaciones del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) en las Islas Canarias, es el equivalente del Modelo 303 (autoliquidación del IVA) en la península.

Se debe presentar durante los 20 primeros días naturales del mes siguiente al periodo de liquidación trimestral que corresponda, durante el tercer trimestre tienes hasta el día 20 de octubre para declararlo.

Debe ser presentado por cualquier autónomo o empresario residente en Canarias. Existen ciertas excepciones como:

  • Los nuevos autónomos que no alcancen los 30.000€.
  • Las transacciones entre particulares sin ánimo comercial hasta ciertas cantidades.
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Este es un resumen de los modelos que debes rellenar antes del día 20 de octubre. En González Abogados & Asesores gestionamos tus impuestos de manera eficaz, ayudándote a resolver todas las dudas que puedas tener sobre los modelos tributarios.

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El Gobierno publica el Calendario con las nuevas convocatorias de ayudas europeas para el segundo semestre del año https://gonzalezabogadosyasesores.com/el-gobierno-publica-el-calendario-con-las-nuevas-convocatorias-de-ayudas-europeas-para-el-segundo-semestre-del-ano/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=el-gobierno-publica-el-calendario-con-las-nuevas-convocatorias-de-ayudas-europeas-para-el-segundo-semestre-del-ano https://gonzalezabogadosyasesores.com/el-gobierno-publica-el-calendario-con-las-nuevas-convocatorias-de-ayudas-europeas-para-el-segundo-semestre-del-ano/#respond Thu, 04 Aug 2022 12:37:53 +0000 https://gonzalezabogadosyasesores.com/?p=19619 La entrada El Gobierno publica el Calendario con las nuevas convocatorias de ayudas europeas para el segundo semestre del año se publicó primero en González Abogados y Asesores.

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El Gobierno ha publicado el calendario actualizado con las ayudas europeas, donde los mayores beneficiarios serán los autónomos y pequeños empresarios, para el segundo semestre del año ( de julio a diciembre del 2022). 

Estas convocatorias de subvenciones y licitaciones establecidas por el Gobierno son el principal instrumento de distribución de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Provienen de los Fondos Next Generation UE e irán dirigidas fundamentalmente a acciones como el emprendimiento, la digitalización o la sostenibilidad.

Según el Gobierno, “el objetivo de este calendario es mostrar una previsión de qué convocatorias van a ser publicadas durante los próximos meses, para que los beneficiarios finales puedan identificar con tiempo cuáles son de su interés y planificar la presentación de su solicitud».

Calendario con todas las ayudas europeas

Puedes consultar las convocatorias que van a ser de tu interés en estos próximos meses en la web del gobierno o descargar directamente en PDF

Entre las convocatorias previstas en el segundo semestre de 2022 destaca:

  • Programa Kit digital. Se abrirán las dos convocatorias que quedan de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y autónomos, en dos convocatorias por un importe de 1.000 millones de euros.
  • Inversiones en equipos de alta tecnología para hospitales, por un importe de casi 400 millones de euros.
  • Ayudas para la mejora de la competitividad, la sostenibilidad y la trazabilidad de la industria agroalimentaria y de la seguridad alimentaria, enmarcadas dentro del PERTE Agroalimentario, por un importe de casi 400 millones de euros.
  • Ayudas para el fomento de la economía circular en el ámbito de la empresa, por un importe de 200 millones de euros.
  • Inversiones en Cercanías y red de ferrocarril, por un importe de 2.000 millones de euros.

Fuente: https://planderecuperacion.gob.es/

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Contrato fijo discontinuo; qué es y cómo aplicarlo https://gonzalezabogadosyasesores.com/contrato-fijo-discontinuo-que-es-y-como-aplicarlo/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=contrato-fijo-discontinuo-que-es-y-como-aplicarlo https://gonzalezabogadosyasesores.com/contrato-fijo-discontinuo-que-es-y-como-aplicarlo/#respond Tue, 24 May 2022 11:07:44 +0000 https://gonzalezabogadosyasesores.com/?p=19580 Se acerca la temporada de verano y, tras la extinción de los contratos temporales, la…

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Se acerca la temporada de verano y, tras la extinción de los contratos temporales, la opción en auge es el contrato fijo discontinuo. Hay muchas dudas sobre esta modalidad, sobre cómo aplicarlo y qué obligaciones tienen empleados y empleadores. Te resolvemos las más importantes.

Antigüedad

En la reforma laboral se ha matizado la forma de calcular la antigüedad en estos contratos, puesto que para su cálculo ahora se tiene en cuenta toda la duración de la relación laboral y antes se hacía solo con el tiempo efectivo trabajado. Antes de la reforma, si la empresa prescindía de un empleado fijo discontinúo y tenía que indemnizarle, el cálculo se basaba en los meses trabajados. Ahora, el cálculo se hace con el total de los años que llevan trabajando juntos.

Es un contrato indefinido

El contrato fijo discontinuo es un contrato indefinido. Así que aunque el empleado se vaya al paro una vez terminada la temporada, la empresa está obligada a contar con él en la siguiente temporada. Si llegado el momento de incorporarse no se ha avisado al trabajador se podría entender como un despido y este podría presentar papeleta de conciliación para recibir la correspondiente indemnización.

Ventajas para los trabajadores

Para los trabajadores que se acogen a este contrato la principal ventaja es que tienen más flexibilidad a la hora de cobrar prestaciones de desempleo y a optar por diferentes prestaciones a las que se tiene derecho o más opciones para cobrar ayudas.

Cómo afecta a los empleadores

Ante un despido o extinción de contrato la indemnización será la misma que la de un indefinido, y para su cálculo, se tiene en cuenta la antigüedad del trabajador.
La Inspección de Trabajo va a comprobar que los contratos suscritos como fijos discontinuos se utilizan efectivamente para actividades estacionales.

 

Si tienes dudas, contacta con nosotros.

 

 

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Subvenciones 2022 para la modernización y diversificación del sector industrial en Canarias https://gonzalezabogadosyasesores.com/subvenciones-2022-para-la-modernizacion-y-diversificacion-del-sector-industrial-en-canarias/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=subvenciones-2022-para-la-modernizacion-y-diversificacion-del-sector-industrial-en-canarias https://gonzalezabogadosyasesores.com/subvenciones-2022-para-la-modernizacion-y-diversificacion-del-sector-industrial-en-canarias/#respond Wed, 11 May 2022 11:31:51 +0000 https://gonzalezabogadosyasesores.com/?p=19577 Ya están disponibles las subvenciones 2022 para la modernización y diversificación del sector industrial. Con…

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Ya están disponibles las subvenciones 2022 para la modernización y diversificación del sector industrial. Con estas ayudas se busca la inversión productiva y la modernización, apoyando la calidad de la producción y la incorporación de factores creadores de ventajas competitivas. El plazo de presentación de la solicitud está abierta hasta el 12 de junio de 2022.

Requisitos para aplicar a la subvención:

  • Ser una pequeña o mediana empresa cuya actividad principal sea industrial. Deberá demostrar que está inscrita en el Registro Integrado Industrial.
  • El objeto de la subvención se realice en Canarias.

Los gastos subvencionables son:

-Línea I: (Porcentaje de la subvención 40%) Realización de obras, adquisición de maquinaria y bienes de equipos nuevos, instalaciones técnicas, adquisición de software, proyectos de transformación digital, redacción de proyecto y dirección facultativa, etc.

-Línea II: (Porcentaje de la subvención 60%) Implantación y certificación de normas de reconocido prestigio como la ISO 9001:2015 de Calidad o la ISO 14001:2015 de Gestión Ambiental, estudios de mejora de diseño de productos, auditoría energética, reingeniería de procesos, transformación digital, etc.

Si quieres que nos encarguemos de gestionarla, ponte en contacto con nosotros.

 

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