El ritmo de vacunación en Europa y la puesta en marcha de un documento para viajar libremente, ponen luz a un verano en el que se espera la recuperación de turistas. Aun así, algunos sectores no experimentarán una mejora rápida por lo que la extensión de los ERTEs hasta finales de septiembre y la extensión de la prestación por cese de actividad para los autónomos se hacían necesaria. Sobre todo en aquellas actividades que deben suspenderse o permanecen cerradas como consecuencia de resoluciones adoptadas por las autoridades para frenar la pandemia.
Extensión de la prestación por cese de actividad
Hasta el próximo 30 de septiembre de 2021 y gracias a la aprobación de la extensión de la prestación por cese de actividad para trabajadores por cuenta propia, la cuantía de la prestación será la misma que hasta ahora. Es decir, el 70 por ciento de la base reguladora por contingencias comunes.
El texto aprobado establece una serie de bonificaciones y exoneraciones en la cuota. Las bonificaciones por cese de actividad se irán reduciendo de manera progresiva durante estos meses.
Junio: 90%
Julio: 75 %
Agosto: 50 %
Septiembre: 25 %
Condiciones para disfrutar del cese de actividad
Podrán beneficiarse del cese de actividad aquellos autónomos que estuviesen de alta en el RETA o el Régimen especial de los trabajadores del Mar y vinieran percibiendo el 31 de mayo alguna de las prestaciones previstas hasta ahora.
Los trabajadores tienen que haber estado dados de alta al menos 30 días naturales antes de que la administración en cuestión adopte la resolución que acarree la suspensión de la actividad del autónomo.
Si tienes alguna pregunta, no dudes en contactar con nosotros. Podemos ayudarte también solicitando otro tipo de subvenciones y ayudas.
Leave a Reply