Preguntas y respuestas sobre la tarifa plana de autónomos

Si estás pensando en montar tu negocio y darte de alta como autónomo te estarás preguntando cómo hacer para beneficiarte de la Tarifa Plana en la cuota a la Seguridad Social. Contestamos a continuación a algunas de las preguntas más frecuentes que recibimos sobre este tema. Además, si estás barajando la opción de montar una sociedad también puedes beneficiarte de ella como autónomo societario.

¿Qué es la tarifa plana?

La tarifa plana para autónomos consiste en el pago de una cuota mensual reducida a la Seguridad Social durante un plazo de dos o tres años. Se busca con ella fomentar el autoempleo.

¿Cuánto es el pago mensual de la tarifa plana?

Cuando te das de alta como autónomo se comienza pagando mensualmente una cuota de 60 euros frente a los 286,15 que paga como cuota mínima un autónomo sin esta reducción.

¿Cómo puedo solicitar la tarifa plana?

Si cumples con los requisitos para acceder a la tarifa plana debes solicitarla en la Seguridad Social en el momento en que te das de alta en autónomos.

 ¿Cuáles son los requisitos para solicitar la tarifa plana para autónomos?

1.- Darse de alta por primera vez como autónomo.

2.- No haber sido autónomo en los últimos dos años. Si con anterioridad estuviste dado de alta como autónomo y fuiste beneficiario de la tarifa plana, el plazo se amplia hasta tres años desde la baja.

3.- No se pueden beneficiar de la tarifa plana de autónomos colaboradores. Estos forman parte del régimen especial para familias de los autónomos. Un autónomo colaborador es un familiar directo del trabajador autónomo titular que trabaja para él.

4.- Los socios de cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales sí pueden optar a la tarifa plana.

5.- En los casos en los que se trabaje a la vez por cuenta ajena y como autónomo por cuenta propia, hay bonificaciones del 50% en la cuota de autónomos. El nuevo autónomo puede elegir entre la tarifa plana y las reducciones de la base de cotización por pluriactividad.

¿Cuál es la cuantía de la tarifa plana para autónomos en 2021?

La cantidad que debes pagar al acogerte a la tarifa plana va variando a lo largo de los primeros meses. Se establecen tres tramos de reducción sobre la base mínima de cotización y el tipo mínimo de cotización, incluyendo la capacidad temporal.

Estos cálculos están hechos en base a la cuota mínima de cotización de autónomos de 2020 que empezó a aplicarse en octubre.

  1. Tramo 1: Los primeros 12 meses la cuota es de 60 euros.
  2. Tramo 2: Desde el mes 13 al 18 desde el alta, la cuota es de 143,10 euros. Esto supone una reducción del 50% sobre la cuota base.
  3. Tramo 3: Desde el mes 19 al 24, la cuota es de 200,30 euros.Supone un 30% de reducción.
  4. Tramo 4: Desde el mes 15 desde el alta hasta el mes 36 la cuota será de 200,30 euros.

¿Hay bonificaciones especiales para los nuevos autónomos de municipios menores de 5 mil habitantes?

Así es. Para ello deberás tener en cuenta que cumples estas condiciones:

1. Estar empadronado en un municipio con menos de 5.000 habitantes.

2. Registrar la nueva alta en el RETA.

3. Al registrar el alta en Hacienda debe figurar una dirección en ese municipio que se corresponda con el lugar donde se va a desarrollar la actividad.

Estos autónomos pagarán las siguientes cuantías:

A- Tramo 1: Los primeros 24 meses la cuota será de 60 euros o una bonificación del 80% si se cotiza por bases superiores a la mínima establecida.

B- Tramo 2: A partir de los 24 meses del alta hasta los 36 meses pueden beneficiarse de un 30% de bonificación de la cuota mínima por contingencias comunes, solo para autónomos menores de 30 años y autónomas menores de 35 años. La cuota queda en 200,30 euros.

Los autónomos que se benefician de la tarifa plana deben saber que deja fuera el cese de actividad y la formación profesional. En caso de querer optar a la prestación social por cese de actividad, el nuevo autónomo debería incluirla en su cotización viéndose obligado a pagar más allá de los 60 euros por esta contingencia que cotiza al 0,9%.

¿Qué pasa con la tarifa plana si me doy de alta como autónomo societario?

Desde 2020 los autónomos societarios pueden acogerse a la tarifa plana. Como la base de cotización de estos autónomos se fija en una cantidad mayor que la del resto de autónomos sube también la cuota mensual.

A.- Los 12 primeros meses la cuota está en torno a 85 euros. Supone una reducción del 80% sobre la cotización por contingencias comunes.

B.- Desde el mes 12 desde el alta al mes 18 se beneficiarán de un 50% de reducción de la cuota.

C.- Desde el mes 18 al 24 la deducción será del 30%.

D.- Desde el mes 24 al 36 los autónomos menores de 35 años pueden beneficiarse de una reducción del 30%.

Si quieres reclamar los excedentes que pagaste en las cuotas al darte de alta como autónomo societario antes de que se reconociese este derecho debes hacerlo antes de que pasen 4 años desde que te diste de alta. Puedes ampliar información en este artículo -> Artículo.

Es importante que antes de darte de alta pidas cita con nosotros para que te asesoremos según tu caso particular. Además, si lo prefieres, nos encargamos de todos los trámites y de asesorarte en la viabilidad de tu emprendimiento.

Llámanos y solicita tu cita con un experto.

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