Hasta hace unos meses se denegaba a los autónomos societarios beneficiarse de la Tarifa Plana de la que sí pueden beneficiarse los autónomos durante los primeros años de alta. Fue en septiembre cuando la Tesorería General de la Seguridad Social cambió de criterio, tras varios fallos emitidos por el Tribunal Supremo. Desde entonces, se permite que los autónomos societarios accedan a esta ayuda en las mismas condiciones que los autónomos persona física y además, de forma retroactiva. Gracias a esta medida, los que lo han solicitado, están recibiendo la devolución de la parte proporcional de las cuotas que debían haber estado bonificadas, lo que asciende en algunos casos a 4.000 euros.
Por el momento, aquellos que están solicitando acogerse a esta medida y solicitan la devolución, la están recibiendo en un plazo de entre diez y quince días en un único ingreso, que para muchos, con la situación en la que nos encontramos, está suponiendo un pequeño respiro de liquidez. No en todos los casos se está reconociendo la cantidad total que les corresponde con carácter retroactivo. Por eso, es muy importante presentar de manera correcta y pormenorizada toda la documentación requerida.
La Tesorería reconoce el derecho a solicitar la devolución de las cantidades que se han cotizado por encima de la Tarifa plana a aquellos que se dieron de alta durante los últimos cuatro años.
Estos son los pasos para reclamar:
- Solicitar formalmente la devolución en la Tesorería de la Seguridad Social. La Administración se reserva un plazo de seis meses para resolver la petición.
- Si le deniegan, el administrador de la sociedad deberá presentar un recurso de alzada. La Seguridad Social tiene un plazo de tres meses para contestar.
- Si la Tesorería no resuelve el recurso de alzada, deberá presentarse recurso por la vía judicial de lo Contencioso-Administrativo.
Si eres autónomo societario y quieres reclamar la devolución de la cantidad que debía estar bonificada, contacta con nosotros y nos encargaremos del procedimiento.